La licencia de conducir es un documento esencial en el país, ya que autoriza a los ciudadanos a manejar distintos tipos de vehículos de forma legal, evitando multas y sanciones. No obstante, conducir sin contar con este brevete constituye una infracción grave que puede derivar en severas penalidades e incluso en la inhabilitación para conducir. En ese contexto, con el objetivo de mejorar la seguridad vial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) determinó un beneficio a través del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos para aquellos conductores que no cometan infracciones durante 24 meses. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.
¿CÓMO ACCEDER AL BENEFICIO QUE BRINDA EL MTC A LOS CONDUCTORES?
Según las normativas del MTC, aquellos choferes que pasen más de dos años sin cometer infracciones vehiculares, el Sistema de Licencias de Conducir por Puntos otorga una bonificación de 20 puntos. Asimismo, este beneficio se suma al puntaje de la licencia de conducir y cuenta con una vigencia de 24 meses, a fin de que pueda servir como un respaldo y mejorar el historial del chofer ante posibles infracciones leves que pudieran cometerse en el futuro.
Como se sabe, el sistema establece un límite negativo máximo de 100 puntos, por lo que al llegar al tope, se procede a la cancelación o la suspensión del brevete. Por ello, es importante saber que esta bonificación, que tiene carácter preventivo, no se puede intercambiar por beneficios materiales o descuentos, sino que aminora los puntos negativos que fueron acumulados anteriormente por infracciones de los titulares de licencias sin tener un historial perjudicial en el plazo determinado.

¿SE DEBE MOSTRAR LA LICENCIA DE CONDUCIR ELECTRÓNICA EN UNA INTERVENCIÓN POLICIAL?
El MTC cambió el contenido de la infracción G58 mediante el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, es decir, que ahora al no contar con tu brevete electrónico ya sea porque el móvil se descargó o simplemente olvidaste traerlo cuando haya una intervención policial no se te pondrá una sanción ya que solo aplica para la versión física.
Sin embargo, es necesario que presentes el DNI para que las autoridades fiscalizadoras validen tu licencia digital a través del Sistema Nacional de Conductores (SNC). Ahora si no cuentas con el brevete físico y mucho menos la electrónica, se te pondrá una multa de S/ 396, la detención del auto y 20 puntos en contra de tu récord de conductor según lo establecido por la infracción G58.
