La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ha dispuesto una modificación clave en los diplomas universitarios que se emiten en el país. La medida apunta a estandarizar la información académica registrada y difundida oficialmente, eliminando datos que, según la entidad, ya no tienen sustento en la legislación vigente.
El cambio no solo afecta el formato físico de los diplomas, sino también la información que aparece en las plataformas digitales de consulta pública. Con esta decisión, universidades e instituciones de educación superior deberán ajustar sus procedimientos administrativos en un plazo determinado. A continuación, te contamos todos los detalles.
¿QUÉ CAMBIO CONCRETO INTRODUJO SUNEDU EN LOS DIPLOMAS UNIVERSITARIOS?
Sunedu aprobó la eliminación del campo que indicaba la “modalidad de estudios” en los diplomas universitarios. Esta modificación fue oficializada mediante una resolución directoral que actualiza el Anexo 3 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos.
Desde ahora, los diplomas ya no consignarán si el grado académico o título profesional fue obtenido bajo las modalidades presencial, semipresencial o a distancia. El ajuste se aplica específicamente al reverso del diploma, donde antes figuraba esta información como parte del contenido obligatorio.

¿POR QUÉ SE ELIMINA LA MODALIDAD DE ESTUDIOS DE LOS DOCUMENTOS ACADÉMICOS?
La decisión se basa en la interpretación de la Ley Universitaria, la cual establece que los grados académicos y títulos profesionales tienen la misma validez legal sin importar la modalidad en la que fueron cursados.
Según Sunedu, mantener esa distinción en los diplomas generaba diferencias formales que no están contempladas en el marco normativo actual. Por ello, el retiro de este dato busca unificar criterios y evitar interpretaciones que puedan afectar la percepción o el uso de los documentos académicos.
¿ESTA INFORMACIÓN DESAPARECE TAMBIÉN DE LAS PLATAFORMAS DIGITALES?
Sí. La supresión del dato no se limita al formato físico del diploma. Sunedu dispuso que la modalidad de estudios tampoco figure como información pública en los sistemas de consulta institucional.
Esto incluye plataformas como Sunedu en Línea y otros servicios digitales donde ciudadanos, empleadores o entidades verifican grados y títulos inscritos en el registro nacional. A partir de la entrada en vigencia de la norma, ese campo dejará de mostrarse en las consultas públicas.

¿QUÉ OBLIGACIONES TIENEN LAS UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR?
Las universidades, institutos y escuelas de educación superior deberán adecuar sus procesos internos para cumplir con los nuevos lineamientos. Entre las principales obligaciones se encuentran:
- Actualizar los formatos de emisión de diplomas conforme al Anexo 3 modificado.
- Ajustar los procedimientos de registro y corrección de grados y títulos.
- Presentar expedientes sin incluir la modalidad de estudios como dato obligatorio.
Estas acciones son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades comprendidas en el Registro Nacional de Grados y Títulos, según informa el diario La República.
¿CUÁL ES EL PLAZO DE ADECUACIÓN Y QUÉ PASA SI NO SE CUMPLE?
La normativa establece un plazo de sesenta días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación oficial, para que las instituciones realicen las adecuaciones necesarias.
Una vez vencido ese periodo, la Unidad de Registro de Grados y Títulos observará las solicitudes que no se ajusten a los nuevos formatos. Esto significa que los trámites podrían ser devueltos o rechazados si mantienen información que ya no está permitida.

